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lunes, 13 de mayo de 2013

Justicia gratuita para personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y terrorismo.


Teniendo en cuenta la temática de nuestro blog, hay que recordar que, hace unos días, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley de Justicia Gratuita que, claramente, otorga una protección especial a las personas con discapacidad.

Sin embargo, aunque todos estamos acostumbrados a escuchar ese concepto de justicia gratuita pocos sabemos explícitamente qué derechos o servicios son gratuitos para las personas que se benefician de esa gratuidad. Así, con la excusa de este anteproyecto recién aprobado hemos conseguido descubrir en qué consiste.

Pues verás, comprende asesoramiento y orientación; información sobre la mediación y otros medios extrajudiciales, y asistencia y representación gratuita de abogado y procurador. Pero también otorga el beneficio de la inserción gratuita de anuncios o edictos, la exención del pago de tasas y depósitos y, por último, asistencia pericial gratuita.


Y por si fuera poco, los beneficiarios también tienen derecho a obtención gratuita de copia, testimonio, instrumentos y actas notariales, y reducción del 80 por ciento de los derechos arancelarios que les sean requeridos por el órgano judicial.

Sin embargo, este derecho no sólo se ha extendido a las personas con discapacidad, sino que otros colectivos vulnerables han salido también beneficiados. En este sentido, podrán disfrutar de ayuda estatal en caso de litigio las víctimas de violencia de género, terrorismo y trata de seres humanos, así como los menores y personas con discapacidad psíquica víctimas de abusos o maltrato y, por consiguiente, no se tendrá en cuenta su renta.

Siempre que los motivos para solicitar esta ayuda sean "circunstancias especiales, familiares, de salud o de discapacidad", apuntan desde el Ministerio de Justicia, se tendrá cobertura jurídica gratuita  con ingresos de hasta cinco veces el Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), lo que, por lo visto, supone un umbral de 31.950,65 euros.

Sin embargo, los beneficiarios de la justicia gratuita no sólo serán personas físicas. De hecho, tanto Cruz Roja como las asociaciones que se dedican a defender a las personas con discapacidad, así como las entidades gestoras de la Seguridad Social también tendrán derecho a la justicia gratuita cuando defiendan sus intereses específicos.

Pero hay una última novedad de la que queremos darte cuenta de este anteproyecto de ley aprobado recientemente. Resulta, según refieren desde el Ministerio citado, que con esta nueva definición de justicia gratuita el beneficiario podrá elegir qué prestaciones de las previstas en este derecho desea obtener. Esto significa que, por ejemplo, una mujer maltratada puede evitar el pago de la tasa correspondiente y elegir ser representada por un abogado de su elección y no por uno de oficio, si así lo desea.

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